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Absolución de dos vascos por error en el pesaje de marihuana incluye tallos y hojas

por editor
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La Audiencia de Guipúzcoa ha dictado la absolución de dos hombres acusados de tráfico de drogas tras descubrirse que la prueba de peso utilizada por la Subdelegación del Gobierno incluía tallos y hojas, no solo los cogollos. La medida, anunciada por el diario El Correo, señala que la cantidad total incautada de 4.536,6 gramos se calculó sin diferenciar entre la parte vegetal útil y la materia leñosa, lo que infló artificialmente el peso considerado para el delito.

Los hechos se remontan al 15 de septiembre de 2022, cuando la policía incautó siete plantas de cannabis en el municipio de Lazkao, en la provincia de Gipuzkoa. Tres de ellas estaban en un terreno y cuatro en un invernadero vecino. El laboratorio de la Subdelegación analizó la muestra y, sin desglosar, reportó 4.536,6 gramos de materia vegetal seca, con un contenido de THC inferior al 0,5 %. La falta de separación entre cogollos, hojas y tallos impidió determinar cuánta droga real había sido encontrada.

Según la Convención Única de la ONU de 1961, solo los cogollos y frutos de la planta constituyen cannabis a efectos legales; las semillas, hojas sueltas y partes leñosas quedan excluidas. Los tribunales consideraron que incluir esos componentes elevó la cifra “de forma anómala”, imposibilitando establecer el peso de los cogollos. Además, el laboratorio no cuantificó el THC, requisito para comprobar el umbral de 0,01 g exigido por la jurisprudencia española. Sin pruebas de venta, dinero o escuchas, el delito de tráfico resultó insuficientemente acreditado.

El Ministerio Fiscal solicitó anular la absolución y reabrir el caso, argumentando que la cantidad incautada superaba en 45 veces el umbral de autoconsumo usado como indicio de tráfico. Sin embargo, la Audiencia desestimó la petición, al no haber evidencia clara de comercialización y al haberse cometido un error metodológico en el pesaje. La decisión subraya la importancia de distinguir entre la biomasa total y la parte psicoactiva del cannabis en procesos judiciales.

Este caso no es aislado. En 2021, un juzgado de Lugo absolvió a un hombre porque el pesaje incluía hojas, elevando la cifra a más de 10 kg, justo el límite que algunos jueces consideran de “notoria importancia”. Ambos fallos ponen en relieve la necesidad de normas técnicas precisas y de peritajes rigurosos para evitar condenas basadas en datos inexactos.

Mientras tanto, el marco legal español sigue considerando ilícito el cultivo y la venta de cannabis con más del 0,3 % de THC, aunque el consumo privado no está penado. España concentra el 73 % de las incautaciones de marihuana de la UE, pero la caída del 76 % en incautaciones de plantas entre 2021 y 2025 sugiere que el mercado se ha desplazado a entornos más discretos, como domicilios y pequeños invernaderos.

Fuente: xataka

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